[Fol. 7v.]

 

o comprados con facultad de se poder quitar

e a otras qualesquier personas que por ellos

los oviessen de gozar durante las vidas

de las perssonas que los tenian e tienen para

que los pudiessen hazer de juro al quitar de

xando para sus magestades los maravedis

de por vida o de que gozassen contados a

catorze mill maravedis el millar e dando

sobre ellos otros siete mill maravedis en

cada millar para ayuda a las necessidades

que se an ofrescido e ofresçen e que dellos

se les diessen cartas de privilegio de sus ma

gestades e que lo mismo pudiessen hazer

qualesquier de las dichas perssonas que

dexassen dos mill maravedis de por vida

por cada millar de los de juro porque crecellos

o baxallos en la forma susso dicha para lo qual

sus magestades tocava era todo una miss

ma cossa según mas largo en la dicha carta

se contiene e por virtud della e de una cedu

la de su magestad firmada de la dicha prin

cessa se an cresçido algunos de los dichos

maravedis de por vida e otros se an baxado

e dellos se les an dado cartas de privilegios

de sus magestades e mias y se entiende que

otras personas cresceran o baxaran los ma

ravedis de por vida que tienen o de que gozen

como se a fecho hasta aquí por ende por la

presente ratifico e apruevo todo lo que

por virtud de las dichas cartas y cedula que

se an dado o de otras qualesquier que de a

qui adelante se dieren durante mi absencia

se a fecho e hiziere cerca de lo susso dicho en to

do e por todo como en las dichas cartas e

cedula se contiene e contuviere e quiero

que valga e tenga tanta fuerça e vigor [co]

mo si fuera firmado del emperador mi [se]

ñor o de mi despues que su magestad me [re]

carta14.jpg (70873 bytes)

 

volver